Calculadora UMA: ¿tu operación supera el umbral para aviso al SAT?

Calcula en segundos si una operación o un acumulado de operaciones activa la obligación de reportar.
Introducción
Una de las preguntas que con más frecuencia paraliza a las constructoras es la misma: "¿Esta operación tengo que reportarla al SAT?" La respuesta depende de un cálculo aparentemente simple — el monto en pesos contra el umbral en UMA — pero con detalles que se pasan por alto fácilmente y que pueden convertir un cumplimiento de buena fe en una infracción.
Este artículo te explica cómo funciona el umbral, qué se acumula y qué no, y cómo dejar de depender del cálculo manual.
¿Qué es la UMA y por qué importa?
La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es un valor que el INEGI publica cada año y que entra en vigor el 1° de febrero. Sirve como referencia para calcular obligaciones, sanciones y umbrales en distintas leyes mexicanas — incluyendo la LFPIORPI.
¿Por qué la ley usa UMA en lugar de pesos? Porque la UMA se actualiza anualmente por inflación, sin necesidad de reformar la ley cada vez que cambian los precios. Un umbral fijado en pesos quedaría obsoleto en pocos años; uno fijado en UMA se mantiene proporcional al poder adquisitivo a lo largo del tiempo.
Para tu cumplimiento PLD, lo importante es que los umbrales de aviso están en UMA, no en pesos, y que el valor aplicable es el de la fecha de la operación, no el del momento en que estás haciendo el cálculo.
El umbral: 8,025 UMA por operación
Para las actividades vulnerables del sector construcción — tanto la Fracción V como la Fracción V Bis del Artículo 17 — el umbral que activa la obligación de presentar aviso es de 8,025 veces el valor diario de la UMA.
Para tener una idea: con el valor de la UMA vigente al cierre de 2025, ese umbral equivalía aproximadamente a $940,000 pesos. Pero ese número cambia cada febrero. Por eso conviene siempre calcularlo con la UMA vigente, no con un peso fijo memorizado.
Cómo se cuenta una operación: el período de acumulación
Aquí es donde la mayoría de las constructoras se confunde. El umbral no se aplica solo a operaciones aisladas — también se aplica a operaciones acumuladas en un período de 6 meses.
¿Qué significa eso en la práctica? Tres ejemplos:
- Operación única de $1,200,000 MXN → supera el umbral. Aviso requerido.
- Tres operaciones del mismo cliente de $400,000 cada una, en menos de 6 meses → suman $1,200,000. Aviso requerido en la fecha de la operación que cruzó el umbral.
- Operación de $400,000 hoy + otra de $400,000 dentro de 7 meses → como ya transcurrieron más de 6 meses entre ellas, no se acumulan. No hay aviso todavía.
La ventana de 6 meses corre hacia atrás desde cada operación nueva. Cada vez que tu cliente realiza una operación contigo, debes evaluar si esa operación, sumada a las realizadas con el mismo cliente en los 6 meses previos, supera el umbral.
La reforma al Reglamento publicada en marzo de 2026 precisó este período de acumulación, eliminando dudas que existían en la práctica.
¿Qué pasa cuando llegas al umbral?
Cuando una operación — o un acumulado de operaciones — cruza el umbral, nace la obligación de presentar un aviso al SAT a través del portal PLD. El aviso debe presentarse antes del día 17 del mes siguiente al de la operación.
Casos especiales que vale la pena entender
Operaciones con diferentes formas de pago
Si una operación se liquida con una combinación de formas — por ejemplo, parte en efectivo y parte por transferencia — debes considerar el monto total para el umbral. Y, por separado, debes verificar si la parte en efectivo cae dentro de la prohibición específica para uso de efectivo.
Operaciones canceladas
Si una operación se reportó preliminarmente y después se canceló, debes documentar la cancelación. Pero si la cancelación ocurrió después de la fecha en que ya nació la obligación de aviso, el aviso se mantiene — el SAT quiere saber qué se intentó hacer, no solo qué se concretó.
Cómo LexBuild reemplaza la calculadora manual
Calcular el umbral una vez con una calculadora online está bien. Lo que no escala es hacerlo manualmente, operación por operación, cliente por cliente, recordando qué UMA aplicaba en febrero vs julio, acumulando dentro de ventanas de 6 meses que corren independientemente para cada cliente. Eso es exactamente lo que el monitoreo automatizado del Artículo 18 fracción X fue diseñado para resolver.
LexBuild te lo automatiza:
- Snapshot del valor UMA vigente en la fecha de cada operación — el cálculo histórico nunca se desfasa cuando cambia la UMA en febrero.
- Acumulación automática por cliente con ventana móvil de 6 meses.
- Alertas tempranas cuando una operación está cerca de cruzar el umbral — antes de que la cierres, no después.
- Aviso al SAT pre-llenado cuando se cruza, con toda la información ya armada para enviarse antes del día 17.
- Avisos en ceros automáticos cuando no hubo operaciones del mes, cumpliendo la obligación que la reforma de 2025 elevó a la ley.
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El umbral no perdona. El cálculo manual sí olvida.